POLITICA
uso personal

Autorizan el ingreso de celulares y laptops sin pasar por la Aduana

La AFIP actualizó la reglamentación que era previa a la existencia de smartphones.

En febrero de 2017 se volvió a implementar en Ezeiza el uso del semáforo.
En febrero de 2017 se volvió a implementar en Ezeiza el uso del semáforo. | Télam

A partir de este viernes, los argentinos pueden ingresar al país por aire con una computadora portátil y un celular sin tener que declararlo previamente en la Aduana. Así lo dispuso la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) a través de la resolución general 4315 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma pretende actualizar una reglamentación del año 1994, cuando no existían los teléfonos inteligentes y el uso de la tecnología era mucho más limitado. "Teniendo en consideración las necesidades de globalización y dela era digital, resulta necesario actualizar el alcance del concepto 'efectos de uso o consumo personal' contenido en la Resolución N° 3.751/94 (ANA), sus modificatorias y sus complementarias, con el objeto de incorporar aquellos efectos tecnológicos de uso común por viajeros como incidencia de viaje", indica la medida.

El cambio establece que los efectos de uso o consumo personal son considerados "los artículos de vestir y aseo, y los demás bienes que tengan carácter personal, incluyendo una computadora portátil y un teléfono personal que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía".

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Es decir, que todos ellos no es necesario declararlos, tal y como se hacía hasta ahora, y tampoco se incluirían en los productos por valor de 300 dólares que se permiten entrar al país.

Asimismo, definió como equipaje a "los efectos nuevos o usados que un viajero, en consideración a las circunstancias de su viaje, pudiere destinar para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales, especificando que los efectos de uso o consumo personal son los artículos de vestir y aseo, y los demás que tengan manifiestamente carácter personal".

B.D.N./FeL