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Opinión

El aborto y la fe en el Derecho Penal

El lugar del castigo en el Derecho Penal en cuestiones como el aborto

13-06-2018 Manifestaciones contra el aborto
Con un cartel con la leyenda "no al aborto" gente se manifiesta contraria a la despenalización del mismo. | Agencia NA

Muchas personas han expresado estar en contra del aborto sin que tal posición las ubique a favor de su criminalización. Es decir, se manifestaron en desacuerdo con que una mujer sea perseguida y castigada penalmente por haber tomado una decisión que ellos nunca tomarían y que incluso consideran reprochable a la luz de sus creencias o convicciones. 

Sin embargo, hay otros que además de estar en contra del aborto, también exigen que la mujer que tuvo que atravesar esa situación sea castigada y encarcelada. 

En este segundo grupo que se manifiesta a favor de la penalización del aborto se puede observar una cuestión de fe y no necesariamente una fe de tipo religiosa. Tienen fe en el Derecho Penal y en el aparato punitivo del Estado. 

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Efectivamente, creen que la aplicación de penas y castigos es suficiente para resolver problemas, y por ello afirman que criminalizar el aborto evitaría o disminuiría su existencia. En su visión, el Derecho Penal nos garantizaría un mundo casi perfecto. Una verdadera concepción híper-optimista sobre el derecho penal y sus efectos.

Sin embargo, debemos recordar que el Derecho Penal además de ser la rama cruel del sistema jurídico y por tanto su aplicación siempre es la última opción del sistema, representa al tipo de derecho que está concebido para llegar tarde. En otras palabras, el Derecho Penal llega cuando el problema ya existe, cuando el conflicto estalló. Pues para prevenir conflictos sociales existen las políticas publicas en materia de salubridad, educación o asistenciales entre tantas otras.   

¿Cuántos problemas resolvió verdadera y definitivamente el hombre en la historia con el Código Penal? ¿Puede sostenerse racionalmente que por el solo hecho de poner en leyes penales todo aquello que como sociedad consideramos negativo y peligroso, vamos a resolver  automáticamente nuestros problemas? ¿Es razonable esperar en el mundo real que un problema social de la enrome complejidad del aborto pueda resolverse aplicando penas? 

En definitiva, la pregunta central sería la siguiente: ¿es el castigo al otro la forma más racional y efectiva para abordar el problema del aborto? 

Pues más allá de la fe que se pueda tener en el Derecho Penal, la realidad -concretamente las cifras publicadas de abortos que se practican en el país- nos muestran que la amenaza de perseguir y castigar no ha resultado un disuasivo eficiente respecto del aborto. ¿Porque razón entonces se insiste con métodos que sobradamente han demostrado su ineficiencia para lograr los objetivos? 

Regresamos al primer casillero: por una cuestión de fe en el derecho penal. La fe funciona así. No importan los resultados, no importa la realidad. La fe pertenece al orden de las creencias.  

En conclusión, es necesario repensar las formas en que como sociedad abordamos nuestros problemas y la manera en que pretendemos resolverlos, y tal vez probar con bajar las expectativas mágicas que se ponen sobre los efectos del castigo. 

Debemos mirar los hechos, la realidad, los datos objetivos y las cifras por encima de los espejismos y el “compre ya” que en ocasiones nos ofrece el discurso penal.  

*Doctor en Ciencias Jurídicas y Especialista en Constitucionalismo. Profesor de derecho constitucional de la UBA.