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Lo que hizo Uruguay

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Con un particular origen en un programa televisivo enfocado en otros temas, el debate sobre la despenalización del aborto en Argentina entró en la agenda pública y esta semana fue motivo de marchas y adhesiones por grupos sociales de diferente origen.

Como es casi una costumbre en los últimos años del acontecer político del país, el tema se presenta dividiendo a la sociedad en dos bandos, como en la famosa tragedia lorquiana Bodas de sangre. Cada uno de ellos es demonizado por el otro, y la posibilidad de matices languidece frente a los agravios que despierta sostener una opinión original sobre el tema.

Estos dos bandos también se separan en el imaginario colectivo por adhesiones ideológicas que no coinciden con los fundamentos que puedan llevar a sostener una postura de aceptación o rechazo de la interrupción voluntaria del embarazo. Si bien la mayoría de las religiones judeocristianas rechazan el aborto, las razones religiosas no son las únicas que lo fundan. Muchas personas agnósticas o ateas no apoyan la despenalización de la medida pues consideran que la vida comienza con la concepción, siguiendo determinadas interpretaciones biológicas, y a esta postura adhieren pactos internacionales de protección de derechos humanos, como el artículo 4 del Pacto de San José de Costa Rica.

Tampoco la cuestión pasa por la tradicional confrontación entre izquierdas y derechas, pues si seguimos los parámetros clásicos para agrupar las diferentes corrientes de pensamiento en una u otra categoría, encontramos abortistas y antiabortistas en las distintas corrientes.

Me parece interesante recordar el derrotero que tuvo en Uruguay la sanción de la actual ley de despenalización del aborto, vigente desde 2012.

En el año 1934, se sanciona el Código Penal inspirado en un proyecto del jurista José Irureta Goyena, quien fue decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, que incluye la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo en hospitales públicos, convirtiéndose así en el segundo país en el mundo que adopta una medida de esta clase (el otro era la Unión Soviética). Puede atribuirse al laicismo que desde su origen como república independiente caracterizó al Uruguay y promovió la sanción de leyes muy avanzadas, como la de divorcio y consagración del voto femenino, pero es también indicador de que dentro del pensamiento liberal puede sostenerse una postura favorable a esta práctica. La ley no tuvo una aplicación prolongada, pues sobrevino un gobierno de facto que la dejó sin efecto en 1935 por decreto.

Durante el primer gobierno del Frente Amplio, coalición de partidos de izquierda que gana la elección nacional por primera vez en 2004, pero gobierna la ciudad de Montevideo desde 1990, se presenta en la Cámara de Senadores un proyecto de despenalización del aborto, que luego de un arduo debate –que mostró diferentes criterios en la coalición de gobierno– logró la sanción de una ley que eliminaba las penas para la práctica de interrupción voluntaria del embarazo en noviembre de 2008. Días después, el presidente de la República, Tabaré Vázquez, destacado médico oncólogo proveniente del socialismo, vetó la norma en ejercicio de sus potestades constitucionales y por razones de carácter científico.

En diciembre de 2011, la Cámara de Senadores aprobó un nuevo proyecto de ley que despenalizaba el aborto, consagrando el derecho de toda mujer mayor de edad a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras 12 semanas del proceso de gestación. Sin embargo, este proyecto no fue tratado en Diputados porque no hubo unanimidad de criterio entre los legisladores integrantes de la bancada del Frente Amplio.

Se optó, entonces, por iniciar negociaciones con los legisladores del Partido Independiente, que había presentado otro proyecto tendiente a igual fin. Con esta estrategia parlamentaria se conformó una nueva mayoría que permitió la aprobación del proyecto en esa Cámara y logró su total sanción en la Cámara de Senadores en octubre de 2012.

Pese a ello, las fuerzas contrarias a la medida, encabezadas por el Partido Nacional, convocaron a un referéndum contra esa ley, regulado constitucionalmente, que estuvo lejos de alcanzar el porcentaje de votantes requeridos (25% del padrón electoral) para habilitar un referéndum obligatorio sobre esta norma. El porcentaje de votos (8,88%) estuvo muy por debajo del piso, y demostró el acatamiento social a la sanción de la nueva ley.

El devenir de la sanción de esta ley, que ya tiene más de un lustro de aplicación efectiva, puede servir para mostrar cómo dentro de las reglas constitucionales se puede construir consensos y arribar a resultados que cuenten con el aval mayoritario de la ciudadanía.

*Profesor de Derecho Constitucional.