CIENCIA
A seis meses de su sanción

El Gobierno reglamentó en forma parcial la ley de cannabis medicinal

El decreto se publicó en el Boletín Oficial, pero varios puntos no se regularon. El Conicet y el INTA se encargarán de cultivar.

El Gobierno reglamentó en forma parcial la ley de cannabis medicinal
El Gobierno reglamentó en forma parcial la ley de cannabis medicinal. | Cedoc

A seis meses de su sanción, la Ley 27.350 que regula el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados fue reglamentada parcialmente por el Gobierno. El decreto 738/2017 publicado ayer en el Boletín Oficial crea el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta del Cannabis y Tratamientos no Convencionales  y especifica que ese programa actuará en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación y será dirigido por un profesional médico.

En el artículo 6 se autoriza al Conicet y al INTA el cultivo de cannabis “con fines de investigación médica o científica para la elaboración de la sustancia que como medicamento sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al programa pudiendo convocar al Ministerio de Agroindustria a estos efectos para diseñar y ejecutar los planes de producción a llevarse a cabo”. En tanto, en el inciso 4 de ese mismo artículo se especifica que el Ministerio de Seguridad será quien establecerá “las condiciones de habilitación que deberán observar el Conicet y el INTA, exclusivamente en materia de seguridad de los predios e instalaciones de cultivo de cannabis”, lo que no estaba presente en la ley.

La norma no contempla el autocultivo de cannabis para uso medicinal, algo por lo que venían pugnando las organizaciones de cultivadores en los últimos meses, una puerta que parece haber quedado cerrada con la reglamentación. Además, algunos de sus artículos claves quedaron sin reglamentar, como el 10, que establece que el Estado “impulsará la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización en cantidades suficientes para su uso exclusivamente medicinal, terapéutico y de investigación”. En este sentido, vale recordar que Uruguay comenzó en julio a vender marihuana producida bajo control del Estado en farmacias.

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Según fuentes del Ministerio de Salud de la Nación, en una primera etapa los pacientes a los que se les haya prescripto como modalidad terapéutica el uso de cannabis y sus derivados (pacientes con epilepsia refractaria y otras patologías), deberán inscribirse en un registro del programa y, tras la autorización de Anmat para el ingreso al país, se les entregará aceite de cannabis en forma gratuita a través del Banco Nacional de Drogas.

Para Ana María García Nicora, presidenta de Cameda y una de las impulsoras de la ley, comenzar a caminar en la reglamentación es un paso muy importante. “En un año y medio de trabajo legislativo, despertar a una sociedad en el conocimiento medicinal de la planta de cannabis, que las sociedades científicas acompañen, que trabajemos en conjunto con universidades, hospitales y organismos estatatales, es un buen primer paso”, le dijo Ana María a PERFIL. “Hay que seguir trabajando, construyendo y avanzando por una ley reglamentada por completo”, concluyó.